Codex Stan 307-2011 Codex Standard For Chilli Peppers_ CXS_307s

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2011-9-3

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CODEX STAN 307 Página 1 de 5,NORMA DEL CODEX PARA EL CHILE,(CODEX STAN 307-2011),1. DEFINICIóN DEL PRODUCTO,Esta Norma se aplica a las variedades comerciales de chiles1 (ajíes picantes) obtenidos de Capsicum,spp, de la familia Solanaceae, que habrán de suministrarse frescos al consumidor, después de su,acondicionamiento y envasado. Se excluyen los chiles destinados a la elaboración industrial.,2. DISPOCISIONES RELATIVAS A LA CALIDAD,2.1 REQUISITOS MíNIMOS,En todas las categorías, a reserva de las disposiciones especiales para cada categoría y las tolerancias,permitidas, los chiles deberán:,- estar enteros, con o sin pedúnculo (tallo), siempre y cuando el corte esté limpio y la piel adyacente,no presente da駉s;,- estar sanos, y exentos de podredumbre o deterioro que hagan que no sean aptos para el consumo;,- ser de consistencia firme;,- estar limpios, y prácticamente exentos de cualquier materia extra馻 visible;,- estar prácticamente exentos de plagas, y da駉s causados por ellas, que afecten al aspecto general del,producto;,- estar exentos de humedad externa anormal, salvo la condensación consiguiente a su remoción de una,cámara frigorífica;,- estar exentos de cualquier olor y/o sabor extra駉s;,- exentos de da駉s causados por bajas y/o altas temperaturas.,2.1.1 Los chiles deberán recolectarse cuando alcanzan un grado apropiado de desarrollo de conformidad,con los criterios peculiares de la variedad y la zona en que se producen. El desarrollo y condición de los,chiles deberán ser tales que les permitan:,- soportar el transporte y la manipulación; y,- llegar en estado satisfactorio al lugar de destino.,2.2 CLASIFICACIóN,Los chiles se clasifican en tres categorías, según se definen a continuación:,2.2.1 Categoría “Extra”,Los chiles de esta categoría deberán ser de calidad superior y característicos de la variedad. Deberán,estar exentos de defectos, salvo defectos superficiales muy leves que afecten un área de hasta 0,5% de la,superficie del fruto, siempre y cuando no afecten al aspecto general del producto, su calidad, estado de,conservación y presentación en el envase.,2.2.2 Categoría I,Los chiles de esta categoría deberán ser de buena calidad y característicos de la variedad. Podrán,permitirse, sin embargo, defectos leves que afecten un área de hasta el 2,0% de la superficie del fruto,siempre y cuando no afecten al aspecto general del producto, su calidad, estado de conservación y,presentación en el envase:,1 Los chiles que presenten una pungencia mínima de 900 unidades Scoville. Para ver los niveles de pungencia,consulte el Anexo.,CODEX STAN 307 Página 2 de 5,2.2.3 Categoría II,Esta categoría comprende los chiles que no pueden clasificarse en las categorías superiores, pero,satisfacen los requisitos mínimos especificados en la Sección 2.1. Podrán permitirse, sin embargo, defectos,que afecten un área de hasta el 3,0% de la superficie del fruto, siempre y cuando los chiles conserven sus,características esenciales en lo que respecta a su calidad, estado de conservación y presentación:,3. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA CLASIFICACIóN POR CALIBRES,El calibre se determina con base en la longitud del chile, conforme al siguiente cuadro.,Código de calibre Longitud (en centímetros),1 ≤ 4,2 4 < 8,3 8 < 12,4 12 < 16,5 > 16,4. DISPOSICIONES RELATIVAS A LAS TOLERANCIAS,En cada envase se permitirán tolerancias de calidad y calibre para los productos que no satisfagan los,requisitos de la categoría indicada.,4.1 TOLERANCIAS DE CALIDAD,4.1.1 Categoría “Extra”,El 5%, en número o en peso, de los chiles que no satisfagan los requisitos de esta categoría pero,satisfagan los de la Categoría I o, excepcionalmente, que no superen las tolerancias establecidas para esta,última.,4.1.2 Categoría I,El 10%, en número o en peso, de los chiles que no satisfagan los requisitos de esta categoría pero,satisfagan los de la Categoría II o, excepcionalmente, que no superen las tolerancias establecidas para esta,última.,4.1.3 Categoría II,El 10%, en número o en peso, de los chiles que no satisfagan los requisitos de esta categoría ni los,requisitos mínimos, con excepción de los productos afectados por podredumbre o cualquier otro tipo de,deterioro que haga que no sean aptos para el consumo.,4.2 TOLERANCIAS DE CALIBRE,Para todas las categorías, el 10%, en número o en peso, de los chiles que correspondan al calibre,inmediatamente superior y/o inferior al indicado en el envase.,5. DISPOSICIONES RELATIVAS A LA PRESENTACIóN,5.1 HOMOGENEIDAD,El contenido de cada envase deberá ser homogéneo y estar constituido únicamente por chiles del,mismo origen, calidad, calibre (tama駉) y variedad. La parte visible del contenido del envase……

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